Asilo y refugio

ASILO-MILITANTES DE PARTIDOS POLITICOS

7 de octubre de 20222 min lectura
Residencia Legal España
Tribunal
Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso
Sentencia
de fecha 12/09/2022
Nº de Recurso
793/2020
Resumen ejecutivo
En el presente caso, el recurrente se identifica como opositor por haber militado en el partido «acción Democrática» y haber participado en manifestaciones y protestas en contra el Gobierno de la República de Venezuela. A juicio de la Sala, la situación general de un país puede afectar a cualquier ciudadano, el mero hecho de ser originario de un determinado país o de poseer una determinada nacionalidad no puede dar lugar a...
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En el presente caso, el recurrente se identifica como opositor por haber militado en el partido «acción Democrática» y haber participado en manifestaciones y protestas en contra el Gobierno de la República de Venezuela. A juicio de la Sala, la situación general de un país puede afectar a cualquier ciudadano, el mero hecho de ser originario de un determinado país o de poseer una determinada nacionalidad no puede dar lugar a la protección internacional, siendo preciso el examen individualizado de las circunstancias del solicitante, en relación con la situación contrastada del país de origen. La Sala considera que de la documentación aportada no resulta acreditado, ni aún indiciariamente, que el solicitante de asilo haya sufrido persecución en su país de origen por alguno de los motivos previstos la Convención de Ginebra y en la Ley de Asilo.

https://www.poderjudicial.es/search/indexAN.jsp

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