ARRAIGO FAMILIAR
ANTECEDENTES PENALES
Recurso No. 1061/2018
En las autorizaciones de residencia por arraigo familiar no cabe exigir la carencia de antecedentes penales, pues el legislador no contempla tal requisito para este tipo de solicitudes de residencia. La carencia de antecedentes penales está prevista para las situaciones de arraigo laboral y social, pero no para la de arraigo familiar debido a los bienes jurídicos protegidos por esta institución referidos al ámbito familiar de convivencia y a la preservación de la estructuración de la familia como valor esencial de la sociedad. En materia de arraigo familiar, lo que se requiere es que el progenitor solicitante tenga a cargo al menor y conviva con éste o esté al corriente de las obligaciones paterno filiales respecto al mismo, pero no la carencia de antecedentes penales. de apelación y revocar la sentencia impugnada, absolviendo al apelante.