REAGRUPACIÓN FAMILIAR DE MENORES DE EDAD
Se requiere que el solicitante por reagrupación familiar de un menor de edad acredite que cuenta o un empleo y/o recursos suficientes, ya sea para su primera autorización o para la renovación de la autorización de residencia del menor, con independencia de que el reagrupante, para ese momento cuente con permiso de residencia de larga duración.
El importe de los recursos económicos puede ser minorado cuando el reagrupado sea menor de edad y concurran circunstancias excepcionales.